Trayectoria Profesional

 

  • María Carreras Guixé se licenció en Derecho por la Universidad de Barcelona.

    Durante la carrera se especializó en Derecho Canónico cursando las asignaturas de Derecho Canónico (con el Dr. Santiago Bueno, catedrático de derecho canónico en la UB y actual Vicario Judicial del Tribunal Eclesiástico de Barcelona) Derecho Matrimonial (con el catedrático Eduard Bajet y el Doctor Josep Casanova, juez del Tribunal Eclesiástico de Barcelona) Los Procesos Matrimoniales Canónicos (con la profesora Yolanda Perlines) y realizando prácticas externas en el Tribunal Eclesiástico de Barcelona; obteniendo en todas ellas las máximas calificaciones.

    Realizó el Curso de derecho Matrimonial Canónico en el Colegio de Abogados de Barcelona, impartido por miembros del Tribunal Eclesiástico de Barcelona, por el cual pudo obtener la habilitación para actuar como abogada ante los Tribunales Eclesiásticos, entrando a formar parte del elenco de Letrados del Tribunal Eclesiástico de Barcelona.

    Obtuvo el título de Abogada Rotal tras cursar el Curso Rotal impartido por el Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica, en Madrid, obteniendo la calificación de Sobresaliente.

    Ha asistido a varios cursos como el Curso de Actualización en Derecho Canónico, “La instrucción Dignitas connubii sobre los procesos de nulidad matrimonial”, en la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad de Navarra. Curso de Actualización en Derecho Matrimonial y Procesal Canónico, en la Pontificia Università della Santa Croce, en Roma.

    Trabajó como abogada en un prestigioso bufete de derecho matrimonial, dedicándose exclusivamente a las causas de nulidad matrimonial canónicas y otros procesos canónicos, dónde adquirió una sólida formación y experiencia en la práctica de la abogacía en este campo.

Servicios

  • Nulidad matrimonial

    En los procesos de nulidad se trata de descubrir si el día de la boda hubo o no verdadero matrimonio.

  • Sanación en la raíz

    Supone la convalidación por parte de la autoridad eclesiástica de un matrimonio celebrado con algún impedimento o sin haberse observado la forma canónica necesaria.

  • Eficacia civil

    Las sentencias de los tribunales eclesiásticos pueden ser reconocidas por los tribunales civiles. Si se obtiene la eficacia civil de una sentencia de nulidad matrimonial, el estado civil que constará será el de soltero.

  • Dispensas eclesiásticas

    El matrimonio canónico es indisoluble. Sin embargo en algunos supuestos la Iglesia permite disolverlo y contraer un nuevo matrimonio. Es el caso, por ejemplo, del matrimonio rato y no consumado.

  • Mediación

    Mediación en la resolución de conflictos familiares o matrimoniales. El paso previo a cualquier nulidad o disolución matrimonial es pensar si existe alguna posibilidad de salvar el matrimonio.